Un despido sin causa (o "sin invocación de causa") genera el derecho a cobrar una indemnización y otros rubros. Acá te contamos cómo se calcula cada uno y qué plazos tenés para reclamar.
¿Qué es el despido sin causa?
Es la decisión del empleador de terminar la relación laboral sin invocar una falta o incumplimiento del trabajador. A diferencia del despido con causa, en este caso el empleador debe indemnizar, porque la ley protege la estabilidad relativa del empleo.
¿Cómo se calcula la indemnización?
El cálculo base, conforme la Ley de Contrato de Trabajo, toma dos variables:
- La mejor remuneración mensual, normal y habitual percibida durante el último año (o durante el tiempo trabajado, si es menor a un año).
- La antigüedad: un mes de esa remuneración por cada año trabajado o fracción mayor a tres meses.
A eso se suma el preaviso (si no fue otorgado) y, en algunos casos, la integración del mes de despido, que corresponde cuando el distracto no coincide con el último día del mes.
Otros rubros que pueden corresponder
Además de la indemnización principal, según cada caso pueden reclamarse:
- Vacaciones proporcionales no gozadas.
- SAC (aguinaldo) proporcional.
- Salarios adeudados o mal liquidados.
- Indemnizaciones agravadas, cuando el despido está vinculado a una situación de embarazo, matrimonio, o se produce sin haber registrado correctamente la relación laboral.
¿Qué plazos hay para reclamar?
Los créditos laborales tienen plazos de prescripción acotados, por lo que conviene no demorar la consulta una vez producido el despido. Cuanto antes se intime formalmente al empleador, más clara queda la posición del trabajador frente a un eventual reclamo judicial.
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Este artículo tiene fines informativos y no reemplaza el asesoramiento legal personalizado. Cada situación tiene particularidades que pueden cambiar el análisis — para tu caso puntual, consultanos.